BASES DE LA PROMOCIÓN “FRUIT ATRACTION”

PRIMERO. –  EMPRESA ORGANIZADORA DE LA PROMOCIÓN

Las presentes promociones se organizan por la entidad AREAS, S.A.U., con NIF nº A-08225013 y domicilio social en c/ Gaspar Fàbregas i Roses nº 81, planta 2º, 08950, Esplugues de Llobregat, Barcelona  (en adelante, los “RESTAURANTES”)

SEGUNDO. – OBJETO DE LA PROMOCIÓN

A través de la presente promoción (en adelante, la “Promoción”) los RESTAURANTES pretenden promocionar las ventas de los productos que fabrica y/o comercializa.

TERCERO. – ÁMBITO GEOGRÁFICO

El ámbito de aplicación de esta Promoción es en IFEMA MADRID, en particular los establecimientos de hostelería adheridos a la presente promoción y debidamente identificados.

CUARTO. – ÁMBITO TEMPORAL

La Promoción dará comienzo el día 30 de septiembre de 2025 y finalizará el día 2 de octubre de 2025. Del mismo modo la promoción dará comienzo desde que cada establecimiento de hostelería adherido a la presente promoción identifique y publicite la misma, instalando a tal efecto la cartelería propia de la promoción.

QUINTO. – COMUNICACIÓN

La Promoción se comunicará al público a través de las redes sociales del grupo Areas y en el mismo punto de venta.

SEXTA. – MECÁNICA

Todas aquellas personas que deseen participar en la Promoción deberán cumplir con los requisitos establecidos en los términos y condiciones de las presentes bases.

La mecánica de la Promoción será la que se detalla a continuación:

  1. Consumir en el establecimiento un menú saludable previamente seleccionado por cada establecimiento o un zumo de naranja XXL.
  2. Con el tiquet comprobante de la compra de dicho menú o zumo XXL el cliente tendrá derecho a tirar de la ruleta ubicada en el establecimiento Eat Spain 1 vez. consiguiendo un regalo seguro hasta agotar existencias.

El usuario conseguirá su premio directo al entregar su ticket de compra por valor de un menú saludable + zumo de naranja XXL en el stand de la ruleta habilitado por la marca. Los premios se detallan en la siguiente cláusula.

Las participaciones tendrán validez desde la fecha de inicio y finalización de la Promoción.

Los participantes que cumplan los requisitos, recibirán el premio detallado en la siguiente cláusula, mediante el sistema que a continuación se especifica:

  • Premio directo en el stand de la ruleta ubicado en el establecimiento Eat Spain ubicado por la marca entregando su ticket a la persona responsable, tirará de la ruleta y le harán entrega de su premio.

SÉPTIMO. – PREMIOS

Los clientes que hayan consumido un menú saludable en alguno de los establecimientos de Areas en Ifema o un Zumo de naranja XXL podrán ganar:

  • Una Botella (Total: 50)
  • Una cuchara de madera (Total: 100)
  • Un vale del 10% de descuento en cualquier establecimiento Areas de IFEMA válido hasta 2026 (Total 250)

Se entregará un solo premio por ganador. A los premios de la presente Promoción les será de aplicación lo establecido en los apartados 9.4 y 9.7 de las presentes bases legales.

OCTAVO. – CONDICIONES DE CARÁCTER GENERAL

9.1.-   Legitimación

  • Podrán participar en esta Promoción las personas físicas que sean consumidores finales en los establecimientos promocionados, siempre que residan legalmente en España.
  • La identidad y residencia serán corroborados mediante la presentación del D.N.I. u otro documento acreditativo de la identidad de las personas físicas, en el momento de entrega del premio.

9.2.-   Limitaciones a la participación

  • los RESTAURANTES quedan facultadas para excluir a los Participantes que no cumplan con los requisitos de la presente Promoción o que, a juicio de los RESTAURANTES, hubieran incumplido cualquier otra previsión de las presentes bases legales y/o que defrauden, alteren o inutilicen el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la Promoción.
  • En particular, los RESTAURANTES quedan facultadas a excluir de la Promoción al personal laboral, becarios, distribuidores, subcontratistas y demás agentes o representantes de los RESTAURANTES, de las agencias encargadas del desarrollo de la Promoción o de cualesquiera otras entidades que hayan intervenido en el desarrollo de la Promoción. Tampoco podrán participar en la Promoción los familiares de las anteriores personas hasta el segundo grado de consanguinidad.
  • A este respecto, los RESTAURANTES han procurado habilitar los necesarios soportes para detectar cualquier posible actuación fraudulenta, anómala o dolosa que pretenda alterar la participación en la Promoción con el objetivo de lograr el premio de forma ilícita.
  • En caso de que para participar en la Promoción, los Participantes deban crear o diseñar una obra (consistente en una imagen, sonido, vídeo o una obra de cualquier otra índole), los RESTAURANTES se reservan el derecho de rechazar y eliminar de la Promoción cualquier obra que no se adapte a todos y cada uno de los requisitos señalados por los RESTAURANTES o que los RESTAURANTES consideren que afecta o es susceptible de afectar la imagen y buena reputación de los RESTAURANTES o de cualquiera de las marcas que integran la cartera de marcas del grupo al que pertenece los RESTAURANTES.
  • Los datos facilitados por los Participantes, deberán ser veraces. Dado que los datos son esenciales para la participación en la presente Promoción, en el caso de que los mismos fueran falsos, los RESTAURANTES podrá eliminar al Participante de la Promoción. En caso de que no haya sido detectada la falsedad de los datos y el Participante resulte ganador de un premio de la presente Promoción, el Participante quedará igualmente excluido de la Promoción.
  • En los casos indicados anteriormente, los Participantes excluidos perderán su derecho al premio. En caso de que dichos Participantes hayan resultado Ganadores de la Promoción, al ser excluidos, el premio pasará al primer suplente y así sucesivamente hasta agotar el número de suplentes. Si se agotan todos los suplentes, la Promoción se declarará desierta.

9.3.-   Aceptación de las bases legales

  • El mero hecho de participar en esta Promoción implica la aceptación en su totalidad y sin reservas de las presentes bases y del criterio de el RESTAURANTE en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada de la Promoción.
  • Los RESTAURANTES se reservan el derecho a efectuar en cualquier momento los cambios que entienda oportunos en las presentes bases, incluyendo a título meramente enunciativo pero no limitativo, la anulación, repetición, ampliación, aplazamiento o modificación de las mismas. Dicha situación se pondrá convenientemente en conocimiento de los Participantes a través de los mismos medios en los que se haya comunicado la celebración de la Promoción, quedando eximidos los RESTAURANTES de toda obligación o compensación económica respecto a los Participantes.

9.4.-   Del premio de la Promoción, su aceptación y cesión

  • El premio objeto de la presente Promoción, es intransferible y en ningún caso podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación a instancia de los Ganadores, siendo los Ganadores las personas que disfruten del mismo, salvo autorización expresa de los RESTAURANTES.
  • Una vez entregados a los Ganadores, los premios no podrán ser objeto de negocios jurídicos celebrados con fines comerciales o publicitarios.
  • Las imágenes o vídeos en los que aparezcan publicitados los premios de la Promoción pueden reflejar bienes o servicios con características sensiblemente distintas a aquéllos que constituyan los premios a ser entregados, no derivándose de ello para el RESTAURANTE una obligación contractual o legal de entregar como premio exactamente el bien o servicio que aparezca reflejado en tales imágenes o vídeos.
  • Los RESTAURANTES podrán solicitar a los Ganadores de la presente Promoción la aceptación escrita del premio. Los Ganadores podrán renunciar al premio ganado, si bien dicha renuncia, deberá constar por escrito y ser firmada asimismo por los Ganadores. En caso de que los Ganadores renuncien al premio, el premio pasará al primer suplente y así sucesivamente hasta agotar el número de suplentes. Si se agotan todos los suplentes, la Promoción se declarará desierta.
  • Cuando el premio este sujeto a garantía del fabricante o del proveedor, por lo que en caso de fallo o mal funcionamiento del artículo, los Ganadores deberán dirigirse al servicio técnico del proveedor o fabricante del mismo, quedando los RESTAURANTES exoneradas de cualquier responsabilidad derivada del fallo o mal funcionamiento del artículo.
  • En el supuesto de que estas Bases regulen un determinado período durante el que se pueda disfrutar de los premios, éste deberá ser respetado por los Ganadores, sin que quepa la posibilidad de modificarlo.
  • Si los RESTAURANTES lo consideran necesario, se podrá dejar algún premio desierto.
  • Los premios se entregarán en persona a los Ganadores.
  • El período de reclamación de los premios finaliza el mismo día de fin de la promoción (7 de enero de 2024).

9.5.-   Derechos de propiedad intelectual

  • Para el supuesto de que los Participantes aportarán contenidos protegidos por derechos de propiedad intelectual o industrial a través de los medios puestos a su disposición para ello, los Participantes ceden a los RESTAURANTES, con carácter exclusivo y gratuito, para todo el territorio mundial y durante todo el periodo de vigencia de los mismos, la titularidad de todos los derechos de propiedad intelectual sobre las obras, que podrán ser explotadas por los RESTAURANTES sin limitación de ningún tipo.
  • Asimismo, los derechos cedidos sobre todas las obras de la Promoción (tanto si resultan ganadoras como si no) comprenden, sin carácter limitativo, el derecho de reproducción, de distribución, de comunicación pública y de transformación, tal y como aparecen definidos en la Ley de Propiedad Intelectual aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril. Los derechos cedidos podrán ser explotados por los RESTAURANTES a través de cualquier formato o soporte y por cualquier sistema, procedimiento o modalidad, incluyendo, sin carácter limitativo, la explotación en televisión y/o mediante cualquier otro procedimiento audiovisual, la explotación online, la explotación en cualesquiera medios impresos (como cartel publicitario, en prensa, dossier de prensa, diarios, revistas, libros, publicidad), la explotación en cualquier tipo de soporte (incluyendo la explotación en DVDs, CDs y la explotación en vídeo), la exhibición en cualesquiera locales (abiertos al público o no) y/o en la vía pública, y el uso de las obras en cualquier actividad y/o medio publicitario o promocional (incluyendo, sin carácter limitativo, publicidad exterior). Los RESTAURANTES estarán facultados para ceder y/o licenciar a terceros, con carácter de exclusiva o no, los derechos cedidos.
  • Los Participantes garantizan expresamente, con total indemnidad para los RESTAURANTES, la autoría y originalidad de cualesquiera de las obras remitidas como consecuencia de esta Promoción, y que las mismas no son copias ni modificación total o parcial de ninguna obra o marca protegible, ni que las mismas se hallan sometidas a ninguna otra promoción o concurso, resuelto o pendiente de resolución. En este sentido, los Participantes se comprometen a mantener indemne a los RESTAURANTES frente a cualquier reclamación de terceros por daños y perjuicios que se deriven de cualesquiera de las obras remitidas o del uso que de éstas lleve a cabo los RESTAURANTES en caso de que se infrinjan derechos de propiedad intelectual o industrial, de competencia desleal o suponga una infracción de la restante legislación que resulte de aplicación.

9.6.-   Derechos de imagen

  • Los Participantes autorizan de forma irrevocable y gratuita a los RESTAURANTES a reproducir, utilizar y difundir su nombre, apellidos, dirección e imagen en cualquier actividad publicitaria y/o promocional para su tratamiento a través de cualquier sistema y soporte que permita fijar, insertar, difundir, reproducir, divulgar, comunicar y explotar públicamente el diseño obtenido conjuntamente con la imagen de los RESTAURANTES, todo ello sin ningún tipo de limitación temporal ni territorial y sin que dé lugar a ningún tipo de remuneración o contraprestación por los RESTAURANTES.
  • A estos efectos, las referencias que se hagan a “cualquier sistema y soporte” deben interpretarse de manera extensiva a cualquier medio que permita la fijación, reproducción, distribución y comunicación pública de la imagen y voz, del cedente (incluyendo con carácter meramente enunciativo y no limitativo, la prensa, la televisión, el cine, Internet, los dispositivos móviles, etc.) a utilizar el diseño de las imágenes y voz, en todo tipo de acciones publicitarias tales como presentaciones y eventos organizados por los RESTAURANTES.
  • La autorización incluye todos los derechos de reproducción, transformación, distribución y comunicación pública de la grabación o imágenes captadas, sin limitación de tiempo ni de territorio.

9.7.-   Fiscal

  • A los premios de la presente Promoción les serán de aplicación todas las disposiciones de carácter fiscal pertinentes, según la legislación aplicable en cada momento.
  • De conformidad con el Artículo 75.2.c) del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), los premios que se entreguen como consecuencia de la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, estén o no vinculados a la oferta, promoción o venta de determinados productos o servicios, están sujetos a retención o ingreso a cuenta, según corresponda.
  • De conformidad con lo dispuesto en el artículo 101.7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, la retención o ingreso a cuenta a aplicar sobre los premios cuyo valor exceda de 300 euros es de un 19% sobre la base de retención, siendo la base de retención (i) en el caso de los premios consistentes en la entrega de cantidades dinerarias, el importe de la cantidad a entregar y (ii) en el caso de los premios consistentes en la entrega de bienes o servicios, su valor o el coste que hayan tenido para el RESTAURANTE incrementado en un 20%.
  • En este sentido, se deja expresa constancia de que, por imperativo legal, el RESTAURANTE deberá practicar las retenciones e ingresos a cuenta que correspondan sobre el valor de los premios.

Con carácter adicional a la obligación formal de practicar la correspondiente retención o ingreso a cuenta, los RESTAURANTES se comprometen a asumir el coste de la retención o ingreso a cuenta correspondiente al premio, sin perjuicio de que el Ganador deba responder de las demás responsabilidades fiscales que en su caso le correspondan, de conformidad con lo establecido en el apartado siguiente.

  • Exceptuando las obligaciones de los RESTAURANTES de practicar las retenciones e ingresos a cuenta sobre el valor de los premios, todas las demás responsabilidades fiscales que pudieran derivarse del premio serán por cuenta de los Ganadores, salvo que la legislación aplicable en cada momento disponga lo contrario.

9.8.-   Exoneración de responsabilidad

  • Los RESTAURANTES, sus proveedores, subcontratistas, colaboradores, agentes o distribuidores quedan exonerados de cualquier responsabilidad por daños ya sean físicos o de cualquier otra índole, que pueda sufrir el ganador de la Promoción por cualquier acción u omisión no imputable a los RESTAURANTES, sus proveedores, contratistas, colaboradores, agentes o distribuidores, durante el disfrute del premio y con los límites establecidos en la normativa aplicable.
  • Los RESTAURANTES no se hacen responsables de los daños y perjuicios derivados de la participación en esta Promoción. Consecuentemente, los Participantes de la presente Promoción, exoneran a los RESTAURANTES, de la forma más amplia que en Derecho proceda, de cualquier tipo de responsabilidad, sanción, reclamación, demanda o causa civil, mercantil, penal, administrativa o de cualquier otra índole, incluyendo la indemnizaciones de cualquier naturaleza y/o índole, costas o cualesquier otro tipo de gastos (con expresa inclusión de los honorarios de Letrados y Procuradores) en los que pudiere resultar implicadas los RESTAURANTES con motivo y ocasión de la presente Promoción.
  • Los RESTAURANTES, no se responsabilizan de los actos y comportamientos de los Participantes, ni de sus hipotéticas responsabilidades penales, civiles o de cualquier otra índole ni de las posibles pérdidas, deterioros, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable al ganador o a su acompañante en su caso, o a terceros (como a título de ejemplo, agencias de viaje, RESTAURANTES aéreas, etc.,) que puedan afectar tanto  a la participación como al disfrute de los regalos de la presente Promoción.
  • Los RESTAURANTES quedan exonerados de toda responsabilidad derivada del mal funcionamiento de correos, de las redes de comunicación electrónicas que impidan el normal desarrollo de la Promoción por causas ajenas a los RESTAURANTES y especialmente por actos externos de mala fe. Tampoco serán responsables los RESTAURANTES por los problemas de transmisión o pérdida de datos no imputables a la misma.
  • Resultará de aplicación a la presente Promoción en la medida en la que proceda las Condiciones Generales de Uso de la Web.
  • Los RESTAURANTES no se hacen responsable de los servicios que presten terceras empresas con motivo y ocasión de la implementación de la presente Promoción.
  • Los RESTAURANTES, procederán a la anulación de los SMS, MMS, correos electrónicos u otras comunicaciones electrónicas, incompletas, erróneas, manipuladas o pertenecientes a otras promociones.
  • En caso de la producción de cualquier fallo técnico u operativo que dificulte el normal desarrollo de la promoción y, en particular, que haga imposible la determinación del Ganador, los RESTAURANTES pondrán fin a la Promoción, renunciando los participantes a interponer cualquier reclamación, demanda o causa civil, mercantil, penal, administrativa o de cualquier otra índole contra los RESTAURANTES, persiguiendo cualquier responsabilidad, sanción, incluyendo las indemnizaciones de cualquier naturaleza y/o índole, costas o cualesquier otro tipo de resarcimiento.

9.9.-   Declaración responsable

  • Los RESTAURANTES, se comprometen a llevar a cabo la presente Promoción conforme con los principios de legalidad, veracidad y autenticidad recogidos en nuestro ordenamiento jurídico, prestando especial atención a la normativa sobre protección de menores.

DÉCIMO. – PROTECCIÓN DE DATOS

  • En cumplimiento de lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales. El RESTAURANTE informa que los datos de los participantes en la Promoción serán tratados por el RESTAURANTE, como responsable del tratamiento, únicamente con la finalidad de llevar a cabo la Promoción.
  • Las participantes declaran y garantizan que todos los datos de carácter personal que faciliten a los RESTAURANTES son veraces y se corresponden a su identidad.
  • La finalidad principal del tratamiento de los datos personales de los participantes será la de poder entregar el premio y gestionar su participación en la Promoción y, en particular, gestionar la entrega del premio, en caso de que usted resultara premiado así como el cumplimiento de cualesquiera obligaciones fiscales o de otra índole que sean de aplicación en relación con la Promoción.
  • La base legal para el tratamiento de los datos personales de los participantes con la finalidad anterior será la ejecución del acuerdo contractual de participación en la promoción regulado en las presentes Bases y el consentimiento que se hubiera podido solicitar al participante.
  • Sus datos podrán ser compartidos con terceros prestadores de servicios que actuarán como encargados de tratamiento de los RESTAURANTES y con aquellas entidades que puedan colaborar en la organización del premio y cuyos datos identificativos serán en todo caso dados a conocer al participante en el contexto de la promoción.
  • Puede consultar información adicional y detallada sobre cómo tratamos sus datos en nuestra Política de Privacidad, accesible a través de la siguiente URL: https://es.areas.com/es/aviso-legal la cual resultará de aplicación a la presente Promoción en todo lo que no contradiga a las presentes Bases.
  • Los participantes declaran y garantizan que todos sus datos de carácter personal que facilita a los RESTAURANTES son veraces y se corresponden a su identidad.
  • En todo momento, los participantes podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, portabilidad y limitación del tratamiento, recogidos en el RGPD (UE) 216/679, enviando su petición mediante correo electrónico a smarttravelers@areas.com, indicando en el asunto: “Protección de datos”. Asimismo, podrán presentar una reclamación ante la autoridad de protección de datos competente.

UNDÉCIMO. – LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE

  • Las Bases de la Promoción se rigen por la ley española.
  • Los RESTAURANTES y los Participantes en la Promoción, se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Barcelona, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponder.